El término cloud computing u organización nube se refiere a una nueva tendencia en la manera de organizar la información, que si bien se orienta al ámbito empresarial, tiene repercusiones para todos los usuarios de nuevas tecnologías.
Este sistema permite a los usuarios almacenar toda la información, ficheros y datos en servidores de terceros, de forma que puedan ser accesibles desde cualquier terminal con acceso a la “nube” o red, que generalmente suele ser Internet, resultando inncesaria la instalación de software adicional (al ya instalado y que facilita el acceso a la red) en el equipo local del usuario.
Importantes plataformas y buscadores ya ofrecen herramientas y funcionalidades de este tipo. Este tipo de gestión tiene una fuerte relación con la conocida web 2.0, que facilita el manejo de la información desde cualquier terminal con acceso a la Red.
Si bien este modelo conlleva una importante dinamización y libertad, se debe prestar especial atención a la seguridad de la información, particularmente desde el punto de vista de la protección de la intimidad y de los datos personales, ya que con este sistema se facilita a un tercero la información, documentos y datos que en un principio eran almacenados en un equipo o servidor local.
El cloud computing tiene su principal fundamento en la gestión remota de la información de los usuarios, lo que implica que estos vuelquen gran cantidad de información personal, y eventualmente sensible, en servidores pertenecientes a terceros. Esto conlleva numerosas implicaciones jurídicas:
1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
2. También se consideran reos de estafa los que, con ánimo de lucro, y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante consigan la transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de tercero.
3. La misma pena se aplicará a los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o facilitaren programas de ordenador específicamente destinados a la comisión de las estafas previstas en este artículo”.
Fuera del ámbito penal, la figura del delito online tiene otras implicaciones legales, ya que la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información introduce una modificación a la Ley 34/2002, que establece en su art.12.2 bis las obligaciones de los prestadores de servicios de la sociedad de la información para informar sobre las medidas de seguridad a implementar ante posibles amenazas.
De esta manera, los proveedores de servicios establecidos en España que realicen actividades consistentes en la prestación de servicios de acceso a Internet, están obligados a informar a sus clientes de forma permanente, fácil, directa y gratuita sobre:
Además de los citados preceptos legales relativos a la figura analizada en el presente documento, cabe destacar la implicación de la Ley 32/2003 General de Telecomunicaciones, que también vela por el cumplimiento de las obligaciones en el secreto de las comunicaciones y protección de datos personales, así como de los derechos y obligaciones de carácter público vinculados con las redes y servicios de comunicaciones electrónicas, imponiendo a su vez las correspondientes sanciones por su incumplimiento.
Nuevas Tecnologias, Economia Y Sociedad En España Autor Manuel Castells, Felipe González.